Declaración anual??… estás a tiempo
Recuerda!!
Si recibes ingresos por sueldos y salarios, pero te encuentras dentro de los siguientes supuestos:
- Cuando no hayas trabajado durante todo el año con tu actual patrón, considerando como periodo anual del 1° de enero al 31 de diciembre del 2018.
- Si percibiste ingresos mayores a $ 400,000.00 pesos durante todo el año.
- Que hayas tenido ingresos por sueldos y salarios, así como por alguna otra actividad.
Estas obligado a presentar declaración anual de personas físicas.
No olvides que algunos de tus gastos personales pueden ser deducibles al momento de realizar tu calculo:
- Salud
- Honorarios por servicios médicos, dentales, de enfermería, nutrición o psicología.
- Gastos hospitalarios, análisis clínicos, prótesis y compra o renta de aparatos de rehabilitación,
- Lentes ópticos graduados hasta por 2,500.00 pesos
- Educación
- Colegiaturas de preescolar hasta bachillerato o equivalente en instituciones con validez oficial
**Asegúrate que la factura contenga el CURP y el nivel educativo de tu hijo
- Otros
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios
- Donativos a instituciones autorizadas
- Gastos funerarios de tu cónyuge, concubino/a, padres, abuelos, hijos o nietos.
- Aportaciones complementarias realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro
**Para que estas deducciones sean válidas, págalas con medios electrónicos y pide factura
La fecha límite de presentación es el 30 de abril, realiza tu trámite a tiempo y obtén tu devolución de impuestos (si eres acreedor).